Elecciones 2024: 8 de 8 contra la violencia de género

El proceso electoral concurrente 2024 es relevante no sólo por el número de cargos a elegir, sino por la implementación de mecanismos para favorecer un entorno libre de agresiones en contra de las mujeres, niñas, niños y adolescentes, como el mecanismo “8 de 8 contra la violencia”; un instrumento normativo que amplió de 3 a 8 los supuestos de violencia de género que podrían ser causales de suspensión de candidaturas a cualquier cargo de elección popular.

A través de este procedimiento denominado 8 de 8, el Instituto Nacional Electoral verifica que las personas candidatas registradas no tengan suspendidos sus derechos por alguno de los ocho supuestos de violencia de género contemplados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), que son: la violencia contra la vida e integridad corporal, libertad y seguridad sexual, el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar, violencia doméstica, violencia a la intimidad sexual, violencia política y deudores alimentarios.

Es por ello que todos quienes se postularon a cargos de elección popular serán sujetos a revisión, es decir, que tanto candidatos a la Presidencia de la República, a Senadurías y a Diputaciones Federales serán observados para identificar que no tengan sentencia por violencia de género. Lo anterior, representa un importante avance con respecto al proceso electoral de 2021 en donde se analizaron solamente una muestra de candidaturas.

Destaca que en este procedimiento también se hizo partícipes a partidos políticos, a las y los candidatos, a tribunales e instancias de procuración de justicia, a la ciudadanía en general y a las organizaciones civiles, quienes presentaron información y documentación para identificar a las personas candidatas como agresoras con sentencia firme.

Sin duda, asegurar que los cargos de elección popular y cualquier empleo o comisión en el servicio público no sean ocupados por personas que hayan cometido delitos contra la vida, integridad corporal, libertad y seguridad sexual, el libre desarrollo psicosexual, violencia familiar o equiparada, violación a la intimidad sexual y/o violencia política contra las mujeres o en razón de género en cualquiera de sus modalidades y tipos, así como por ninguna persona declarada como deudora alimentaria morosa, significa una importante contribución para promover una sociedad libre de violencia.

El fortalecimiento de este procedimiento reconoce el activismo de miles de mujeres mexicanas, colectivos feministas y organizaciones civiles que impulsaron la iniciativa 3 de 3 contra la violencia de género. Un logro que permite dar respuesta a las voces de víctimas de violencia de género, y abrir posibilidades para conformar un servicio público más integro, en el que ninguna persona utilice su cargo para quedar impune o evadir sus responsabilidades. Esto es una cuestión de derechos humanos que nos ayuda a consolidar una democracia más justa para todas y todos.

Fuente: heraldodepuebla.com

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