Las reformas constitucionales de paridad de género

Desde el siglo pasado las mujeres han luchado porque se reconozcan nuestros derechos para participar en cargos públicos y en espacios de decisión para poder avanzar hacia la consolidación de la paridad democrática en México.

La primera vez que una mujer pudo ejercer el derecho al voto fue en 1923, cuando votaron por primera vez, pero únicamente en el Estado de Yucatán.

Posteriormente el 17 de octubre de 1953 durante el gobierno del presidente Adolfo Ruiz Cortines, se publicó el decreto de reforma al artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) reconociendo la ciudadanía de las mujeres y su derecho a votar.

Durante todo este tiempo hemos podido observar la resistencia política y social para que las mujeres podamos ser electas democráticamente, un ejemplo de ello es el lamentable caso de las “Juanitas”, en el que se postulaban mujeres para cumplir con la legislación para que posteriormente ellas renunciaran y fuera el hombre quien ejerciera el cargo.

También podemos recordar el caso de las “Manuelitas” en el que legisladoras fueron presionadas para renunciar y tomaran su posición los hombres; o como aquellas candidatas que compitieron en total desigualdad, sin presupuesto y con constantes casos de violencia política en razón de género.

El principio de paridad derivado de la reforma constitucional de 2014, establece que todos los partidos políticos deben postular igual número de hombres y mujeres, es decir, paritariamente.

La paridad no debe ser entendida como una acción afirmativa, tampoco como una “cuota”, sino como un principio que garantiza los mismos derechos entre hombres y mujeres para poder participar en puestos de elección popular para buscar un equilibro y asegurar la participación igualitaria en los espacios de decisión.

A cada logro y reconocimiento de los derechos de las mujeres le antecede una lucha constante y permanente para disminuir las desigualdades legislativas y sociales.

Este pasado 6 de junio, se cumplieron cinco años de la reforma del 2019 llamada “paridad en todo”, en la que se reformaron los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la CPEUM, una reforma transversal que incluye la paridad en el poder ejecutivo, legislativo y judicial, así como en los órganos autónomos.

Esta reforma fue respaldada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con la sentencia del Recurso de Reconsideración SUP-REC-1414/2021 y sus acumulados, garantizando la paridad en todos los órganos de los Estados.

La fracción I del artículo 115 de la CPEUM señala que: “Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado”.

Los diez artículos reformados en la CPEUM forman parte del largo andamiaje legal e histórico en favor de los derechos políticos de las mujeres ya que garantiza legalmente que el 50% de los cargos de decisión en los tres poderes del Estado y órganos autónomos sean para las mujeres.

Aún faltan muchos cambios estructurales y sociales para que este camino sea efectivo y no solo simulaciones para cumplir con lo establecido en las leyes. El reconocimiento pleno de los derechos políticos electorales debe ser una prioridad en la vida democrática ya que representamos casi el 52% de la población total del país.

Reflexionar y mirar al pasado donde nuestras ancestras jamás pudieron ser ciudadanas, mucho menos ejercer el derecho a votar y ser votadas, tampoco tuvieron la oportunidad de ver a la primera gobernadora, alcaldesa, diputada o senadora, e impensable a una presidenta de la República, nos hace hoy comprender que su lucha no ha sido en vano, que hemos revolucionado y evolucionado en el ejercicio inherentes de nuestros derechos.

A escasos días de haber finalizado la elección más grande de la historia de México, tenemos a la primera mujer  presidenta de nuestro país,  no vamos a dar un paso atrás en esta lucha, es momento de enaltecernos y unirnos, de seguir trabajando en la igualdad, en llevar cabo acciones para reducir las desigualdades, erradicar la violencia contra las  niñas, niños y mujeres, de luchar porque la justicia sea pronta y expedita y no tenga que ser motivo de marchas y exigencias, queremos un país paritario, de igualdad y libre de violencia para nosotras.

Fuente: parentesislegal.com

Síguenos en Twitter

Síguenos en Facebook

Notas relacionadas

La progresividad de los Derechos Humanos

La progresividad de los Derechos Humanos

Ante la situación política, económica y social que prevalece a nivel mundial, es necesario escribir sobre los derechos humanos que nos corresponden sin importar la nacionalidad, edad, residencia, sexo, etnia o religión y que se encuentran protegidos a través de...

IA y su impacto en el empleo

IA y su impacto en el empleo

La acelerada transformación tecnológica que presenciamos supone el inicio de una nueva era en todos los planos de la vida económica al agilizar los procesos productivos.

Presidenta de México: 200 años de lucha

Presidenta de México: 200 años de lucha

La elección de la primera mujer Presidenta de México es un hito histórico que se produce después de 200 años de la fundación de nuestra república, y casi 71 años después del reconocimiento pleno de nuestros derechos político-electorales a votar y ser votadas. Esta...